Una queja en defensa de los derechos laborales mineros de Perú y Colombia
CNV Internationaal interpone una queja antes la SEP en una búsqueda de hacer visibles las violaciones de derechos laborales en Colombia y Perú. La queja pretende que la Unión Europea trabaje con ambos países para lograr el cumplimiento del Capítulo IX del Acuerdo Comercial.
"Nuestro objetivo es que la Unión Europea trabaje con ambos países para lograr el cumplimiento del capítulo de sostenibilidad del Acuerdo Comercial", explica Elles van Ark, directora general de CNV Internationaal, que presentará la denuncia.
El próximo 17 de mayo de 2022 los sindicatos Sintracarbón, Sintracerrejón y Sindicato de Trabajadores Mineros Metalúrgicos de Andaychagua Volcan Compañía Minera y con apoyo de CNV Internationaal presentan una queja ante la Single Entry Point de la Comisión Europea, siendo la primera vez que una organización social y sindical hace uso de esta instancia, con el afán de hacer visibles las violaciones y prácticas antisindicales que se vienen llevando a cabo tanto en Colombia como en Perú, prácticas que representan un incumplimiento de los acuerdos internacionales firmados entre ambos países y los estados miembros de la Unión Europea.
Esta queja pone en evidencia el hecho de que los gobiernos de Colombia y Perú han venido violando múltiples disposiciones del acuerdo comercial que ambos estados tienen con la Unión Europea; violaciones que se presentan en el marco de una coyuntura de transición energética crucial en la que el carbón está jugando un papel importante y los metales se posicionan a futuro como la fuente primera de sostenibilidad energética. Es urgente que en este momento las entidades garantes de derechos a nivel internacional pongan sus ojos en estas inconsistencias.
La denuncia pone de manifiesto un patrón de violencia antisindical y el uso indebido de la subcontratación, lo que conlleva la violación del derecho de los trabajadores a la libertad de asociación, negociación colectiva y, por tanto, la discriminación de los trabajadores subcontratados que realizan el mismo trabajo.
Estas condiciones laborales precarias y las prácticas antisindicales se han venido presentando desde hace varios años en las minas de ambos países que son propiedad de Glencore (multinacional suiza) y que exportan carbón, en el caso de Colombia y zinc, cobre, estaño, plata y plomo en el caso de Perú, directamente a los Estados Miembros de la UE.
Subcontratación: la gran brecha de derechos laborales
Uno de los temas clave dentro de esta queja es la evidente brecha que persiste en ambos países en materia de condiciones laborales de los trabajadores subcontratados en comparación con los contratados directamente por las compañías mineras. Es significativa la diferencia, en términos concretos, tanto en cuanto a la estabilidad del empleo como a nivel de salarios. Un estudio encargado por la Fundación Friedrich Ebert (FES)2 sobre la minería de carbón en Colombia ha revelado que los trabajadores tercerizados laboran bajo contratos a corto plazo, de entre 3 y 6 meses hasta de 1 año, sin ningún beneficio social. Eso sí: prestando horarios más largos y ganando 30% menos.
Anti-sindicalización
Otro aspecto crucial en esta disputa por los derechos laborales tiene que ver con la limitación a la que se enfrentan los trabajadores subcontratados sobre el derecho de asociación y negociación colectiva.
Según una encuesta en Perú, el 46,3% de los encuestados indica que sus contratos no se renuevan debido a la participación sindical y que sus contratos están condicionados a la no afiliación a un sindicato.
Además, el 63% siente hostilidad hacia la afiliación a un sindicato y el 49,6% indica que no está cubierto por un convenio colectivo.
Tanto en Colombia como en Perú existen medidas aprobadas mediante ley que, en teoría, garantizan los derechos de los trabajadores subcontratados. No así la aplicación de estas leyes, pues el problema real es la aplicación y sanción del incumplimiento de ellas.
¿Qué busca esta queja ante la SEP?
La interposición de esta queja por parte de CNV Internationaal pretende por un lado hacer visibles los incumplimientos de los acuerdos internacionales, específicamente del Capítulo IX del Acuerdo Comercial de Colombia y Perú y la Unión Europea, y por otro, plantear la necesidad de una Hoja de Ruta que haga seguimiento al impacto de la subcontratación laboral y de los contratos precarios en los dos países, así como abordar la responsabilidad (entre otras cosas, a través de la diligencia debida obligatoria en materia de derechos humanos) de todos los agentes empresariales implicados en relación con los trabajadores subcontratados.
De cara a la transición energética mundial, es fundamental que en estos momentos los países europeos consumidores de las materias extraídas en la minería de América Latina, exijan el cumplimiento de las leyes que sustentan y soportan la defensa de los derechos laborales y que así esta transición sea por fin una transición justa.
Fecha de publicación 17 05 2022