CNV Internacionaal envió una carta al Presidente de Guatemala, Alejandro Giammattei enla que de manera respetuosa, le hace un llamado para que su gobierno sea ejemplar en la promoción de la libre asociación, la libre expresión y el diálogo social entre los diferentes sectores, evitando el desgaste institucional. La carta obedece al enorme recelo que ha despertado la aprobación de la ley 5257 y el Decreto legislativo 4-2020 que reforma la Ley de Organizaciones No Gubernamentales y que pretendía imponerles un estricto régimen de control y supervisión, afectando su independencia y normal funcionamiento.
En medio de la enorme preocupación ante un escenario de posibles recortes de libertades, se conoció la decisión de la Corte de Constitucionalidad de Guatemala de suspender provisionalmente la norma, amparando las iniciativas interpuestas por varias organizaciones que consideraron que algunas de las reformas podrían ser antidemocráticas e inconstitucionales. Por su parte, el Presidente Giammattei dijo que, aunque no está de acuerdo con la decisión del máximo tribunal, la acata, y anunció que en las próximas semanas introducirá cambios a algunos artículos de la mencionada Ley, para someterla nuevamente a consideración del legislativo.
La carta firmada por la Presidente de CNV Internationaal, Anneke Westerlaken señala que, con esta decisión, la Corte de Constitucionalidad se hace honor y reconoce los diversos convenios y convenciones internacionales suscritos por el Estado de Guatemala: “se ve con beneplácito que las instituciones jurídicas del país están funcionando y salvaguardando los pilares fundamentales de la democracia en Guatemala.”
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Garantías democráticas sinónimo de negocios exitosos
Muchas de las organizaciones que levantaron su voz contra estas reformas coinciden en el riesgo que se corre de limitar el derecho a la libre asociación que fue establecido por el Convenio 87 de la OIT, suscrito por Guatemala. Este convenio forma parte fundamental de los diferentes estándares internacionales sobre la conducta responsable de las empresas en las cadenas de valor, los principios rectores de la ONU y los lineamientos de la OECD.
En el actual y exigente mundo de los negocios, las empresas modernas conocen los requerimientos de sus clientes, que ahora no solo tienen que ver con la calidad o el precio del producto, sino, y sobre todo, con la forma en que estos han sido producidos y por ello, se acogen a estándares internacionales que les garanticen reputación y una sostenibilidad ambiental y social.
La carta enviada al Presidente Giammatteiseñala estos aspectos y recuerda que el país centroamericano es un gran productor y exportador de aceite de palma africana, banano, azúcar, ethanol, café y cardamomo, entre otros productos, y que el respeto de estas normas internacionales son cada vez más importantes para llegar a acuerdos comerciales con compradores e inversionistas internacionales. “El mercado exige a estos actores que manejen sus negocios en forma ambiental y socialmente responsable”; la defensa de la libre asociación cobra en este contexto, una especial relevancia.
“Irregularidades e intimidación”
Todo este clima de zozobra se generó desde el mismo día en el que, de manera sorpresiva, el Congreso de Guatemala aprobó la reforma a la Ley de Organizaciones No Gubernamentales para el Desarrollo a través del Decreto 004 del 2020 en una sesión parlamentaria catalogada de irregular y poco transparente. Sonia Gutiérrez, jefe de bancada por el Movimiento político Winaq, fundado por Rigoberta Menchú, Premio Nobel de Paz, presenció la votación: “Ese día en la agenda no se encontraba el punto de discusión del decreto y abruptamente, un diputado interpuso una acción especial para hablar sobre el coronavirus, ¡y cuál fue nuestra sorpresa!, cuando se comenzó a discutir el decreto que modifica la Ley de ONG. De inmediato, nuestra bancada comenzó a denunciar la manipulación y los vicios de procedimiento.” Gutiérrez declaró, además, que la sesión transcurrió en un ambiente de presión e intimidación a los diputados opositores e incluso colegas suyos de otras tendencias políticas se mostraron en desacuerdo. Ese fue el caso del ex candidato presidencial, Edmund Mulet del partido Humanista.
La diputada señala que esta reforma viene a vulnerar de forma directa el derecho a la libertad de expresión, organización y manifestación porque, según ella, “queda a facultad del ejecutivo, a través del Ministerio de Gobernación, cancelar el registro a aquellas organizaciones que ellos consideren que están alterando el orden público, lo que es muy peligroso.”
Un temor que comparten los dirigentes sindicales guatemaltecos. Julio Coj de la Unión Sindical de Trabajadores de Guatemala, Unsitragua advierte ante los riesgos que estas reformas podrían traer para las organizaciones de las y los trabajadores: “si un sindicato ejerce su legítimo derecho a la manifestación o a la huelga y obstaculiza, por ejemplo, la movilidad, ellos podrían argumentar bajo esta nueva ley, que es un caso de desorden público e iniciar un proceso contra los dirigentes y los comités directivos; criminalizarlos, llevarlos a la cárcel y cobrarles daños y perjuicios. Simultáneamente, podrían pedir la cancelación de la organización sindical que participó en la manifestación o la huelga.”
Para Alejandro Aguirre, director ejecutivo de la Coordinadora de organizaciones sociales y cooperativas Congcoop, el discurso del ejecutivo es en la vía de la transparencia y de la necesaria rendición de cuentas de las ONG, sin embargo, la reforma, apunta Aguirre, “lo que busca en el fondo es tener el control político y la potestad para poder cancelar aquellas voces críticas al actual y a los futuros gobiernos en Guatemala.”
Los pecados del Decreto 004-2020
Un análisis realizado por The International Center for Not-for-Profit Law - ICNL (por sus siglas en inglés) alertó sobre el hecho de que el Decreto 004-2020, tal y como está, impondría un régimen extremo de supervisión sobre las organizaciones no gubernamentales en Guatemala. ICNL es una organización que fundamenta su trabajo en el derecho internacional y en el fortalecimiento de un entorno legal para la sociedad civil y la participación pública con presencia en más de 50 países.
Destacó, entre otros aspectos, que el Decreto “prohíbe el uso de fondos extranjeros por parte de las ONG para actividades que alteran el orden público en el territorio nacional". (Art. 13). “Una organización que viole esta disposición”, continúa el análisis, “perdería de inmediato su registro”. Lo que constituye "alterar el orden público", no está definido en la norma. El cierre forzado de una ONG por motivos tan vagos, sin establecer en el Decreto las garantías del debido proceso, significa que cada ONG sería continuamente vulnerable al cierre, incluso por multas de estacionamiento u otras violaciones menores, señala ICNL.
Otro aspecto inquietante es el Art. 10 del decreto, en el que no está claro qué información sobre los miembros de las ONG debe recopilarse y ponerse a disposición del público. “Este requisito ambiguo podría interpretarse, por ejemplo, como una carta blanca para exigir a las organizaciones que publiquen, sin limitaciones ni excepciones, los nombres e información de contacto de sus miembros, entre otros datos.” Obligar a las ONG a poner a disposición del público información típicamente confidencial es contrario a los derechos de privacidad y podría aumentar los riesgos de ataques contra individuos y contra las mismas organizaciones, explica ICNL.
CNV Internationaal atenta a las preocupaciones de organizaciones, expertos e instancias internacionales, y con el ánimo de propiciar espacios de diálogo social que beneficien a todos los actores democráticos, considera que la adopción ahora o en el futuro, de decretos como el 04-2020 u otros similares, podría debilitar la imagen democrática de Guatemala e impactar directamente en sus relaciones internacionales de negocios e inversiones.
Fecha de publicación 11 03 2020